Conversatorio Virtual de Ahorro y Crédito, Fecolfin

El pasado 09 de abril se desarrolló el Conversatorio Virtual de Ahorro y Crédito No. 29 de Fecolfin, en el que se realizó un análisis y explicación de los requerimientos hechos recientemente por la Supersolidaria, referente a la evaluación de cartera de la cual han sido objeto cerca de 100 cooperativas. El presidente ejecutivo de Fecolfin, Enrique Valderrama lideró la instalación del evento destacando la importancia que reviste para las entidades, el tema de crédito, el cual representa el mayor activo de todas las organizaciones y que en consecuencia, las vigiladas deben ser muy rigurosas en la aplicación de la normatividad prevista. En esta oportunidad se destacó el origen de esta normativa y los diferentes cambios y adiciones que se han hecho en la misma y que sobre la cual el Superintendente de la Economía Solidaria, doctor Ricardo Lozano en el evento de 2019 de la Convención Financiera Cooperativa señaló que solamente 7% cumplían con dicha normatividad, el 50% con la mitad y el resto apenas se había empezado a cumplirla. Queda claro que lo prudente sería recoger la totalidad de la norma sobre evaluación de cartera en una directiva que de una vez por todas señalara detalladamente los requisitos y que pudiera guiar a las cooperativas para evitar situaciones como las que se han presentado desde el año inmediatamente anterior con los citados requerimientos. Luego intervino la conferencista invitada para este Conversatorio, la doctora Sandra Velandia, quien explicó los requerimientos en la evaluación de cartera, por medio de los cuales se ordena la apertura de una investigación y se formula pliego de cargos, así mismo, se profundizó en los tipos y canales de notificación que podrá utilizar el Supervisor para transmitir dicha notificación, así como, el proceso administrativo sancionatorio tanto el pliego de cargos, como en periodo probatorio. Por otro lado, la Doctora Velandia compartió con los asistentes todo lo relacionado al debido proceso que por ley debe surtir la Superintendencia de la Economía Solidaria, frente a sus vigiladas en relación con las pruebas, términos y las facultades sancionatorias del ente de supervisión. Para que se cumpla el debido proceso en las investigaciones iniciadas, la conferencista explicó que se debe: Agotar las etapas que señala la Ley 1437 de 2011. Cada uno de los actos administrativos, debe contener lo mínimo que ordena el legislador. Cumplirse los tiempos previstos para cada una de las etapas. Reviva lo mejor de este conversatorio, aquí 

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