RUT no exigirá renovación

Según la DIAN en Colombia, dicho documento tiene una vigencia indefinida por lo que no es necesario su renovación, sin embargo se debe actualizar tras la modificación o adición en los datos. A través del Decreto 1625 de 2016, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN, reiteró que en Colombia, “la vigencia de la inscripción del Registro Único Tributario -RUT es indefinida y, en consecuencia, no se exigirá su renovación”. No obstante, la entidad señaló que los ciudadanos inscritos deben realizar la actualización de dicho documento en caso de modificación o adición en los datos que habían sido establecidos en el registro original, tales como: elementos constitutivos de identificación, ubicación o clasificación. Según la DIAN, esta actualización se debe hacer a más tardar dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización. Ante dicha información, también se añadió que “las empresas o entidades no deben solicitar el RUT con la fecha actualizada en la casilla 61, en su defecto, pueden verificar la fecha de generación del PDF del documento la cual se visualiza en la parte derecha del pie de página del formulario”. La solicitud, inscripción y la actualización, pueden realizarse en forma asistida en cualquier administración de la DIAN, Cámaras de Comercio o Puntos de Contacto habilitados para el efecto, sin importar el lugar del domicilio principal de quien se esté registrando. Mientras que los clientes de la DIAN que cuentan con Firma Electrónica pueden realizar de manera virtual la totalidad de los procesos de actualización del RUT, a excepción de la actualización de datos de identificación. Tome nota A la hora de realizar la inscripción y actualización del RUT, debe tener en cuenta las siguientes recomendaciones entregadas por la DIAN, ya sea para el proceso de inscripción o/y actualización: Como persona natural, debe asegurarse de incluir de forma correcta su dirección principal, correo electrónico y números de contacto. Los datos que incluya en el formulario del RUT serán los únicos que usará la DIAN para las comunicaciones oficiales con usted. Si usted es persona natural extranjera y ya hizo la inscripción en línea en el RUT, deberá verificar que el tipo y número de documento que registró, coincidan con su documento de identificación en Colombia. En caso de que haya diferencias, deberá agendar una cita para actualizar su inscripción en los puntos de atención o por videollamada, o por PQRS, si está fuera del país. La inscripción en el RUT podrá ser suspendida si presenta errores, es inconsistente o no corresponde a la realidad. Por eso, se recomienda revisar los datos y actualizarlos, si es necesario. No permita que terceras personas utilicen su RUT para simular operaciones o para fines fraudulentos. Esto le podrá acarrear la determinación de impuestos y sanciones a su nombre.  ¿Cuál es la importancia del RUT? Esto le permitirá a la DIAN contar con información veraz, actualizada, clasificada y confiable para desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que, a su vez, facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, así como la simplificación de trámites y reducción de costos.

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