El presente análisis muestra las características de la economía solidaria en Argentina y Brasil, acompañado de antecedentes que han retribuido al cooperativismo.
Para iniciar mencionamos que el Monitor Cooperativo Mundial recopiló en el año 2018, 2.575 datos de organizaciones, en ocho sectores de actividad, de las cuales 1.157 facturaron más de 100 millones de dólares, dato que por demás suena muy interesante para el número de cooperativas.
Asimismo, se menciona que en el mundo de acuerdo con el informe mundial elaborado por Cicopa a fines del año 2018; sobre una base de datos de 156 países, estimó que “el empleo en el marco de las cooperativas abarca al menos a 279.4 millones de personas, es decir, 9.46% de la población ocupada mundial, significa que el movimiento está compuesto por uno de cada seis habitantes del planeta, donde viven unos 7.350 millones personas, según el último relevamiento demográfico de Naciones Unidas.
Durante la Conferencia Global realizada el 17 de noviembre de este mismo año en Kuala Lumpur, Malasia, la Alianza Cooperativa Internacional y el instituto europeo Euricse también dieron a conocer el nuevo ranking donde incluyó a cuatro cooperativas argentinas entre las 300 más grandes del mundo. Ellas son las siguientes: Agricultores Federados Argentinos, (102), Grupo Sancor Seguros (113), Banco Credicoop (131) y Seguros Bernardino Rivadavia (276).
De las 300 mencionadas, se emplean mayormente en la agricultura (35%) y a los seguros (32%), no obstante, también las hay en las ramas de comercio mayorista y minorista (19%), servicios bancarios y financieros (8%), industria y servicios públicos (2%), salud, educación y asistencia social (2%) y otros servicios (2%).
Descripción jurídica
El objetivo del marco jurídico es analizar e imbuir un conocimiento general de la legislación cooperativa y sus principales características, donde se da un mayor interés a aquellos aspectos relacionados con la identidad de las cooperativas y los distintos tipos de organizaciones empresariales permite evaluar si la legislación colombiana vigente apoya u obstaculiza el desarrollo de las cooperativas, también en comparación a la legislación vigente en otros países de la región.
Así mismo, la legislación cooperativa a nivel regional, nacional e internacional ha evolucionado y adaptado a las circunstancias de contexto e historia; en Latinoamérica las primeras regulaciones acerca de cooperativas estuvieron comprendidas en los códigos de comercio de México y Argentina, y, con la excepción de Venezuela, la mayoría de las leyes cooperativas latinoamericanas se emiten en la primera mitad del siglo XX y especialmente en el periodo comprendido entre las dos guerras mundiales: Chile (1925), Argentina (1926), Colombia (1931), Brasil (1932), Ecuador (1937) y México (1938). Que, al día de hoy, todas estas leyes han sido modernizadas y se han aprobado en todos los demás países americanos leyes regulatorias de las cooperativas. (Reyes, 2013)
En América, han coexistido dos modelos de desarrollo cooperativo, aspectos que sin duda contribuyeron en la oportunidad y contenido de la legislación cooperativa en Argentina, Uruguay, Chile y en el sur de Brasil entre otros. Las cooperativas surgieron a raíz del impulso de los inmigrantes europeos, a fines del siglo XIX y comienzos del XX, en estos casos las experiencias precedieron a la legislación.
Por otro lado, en el resto de los países sudamericanos (incluido América Central, Caribe y resto del Brasil) el movimiento cooperativo emergió básicamente por un estímulo externo, tanto de gobiernos, como de iglesias, agencias internacionales y organizaciones no gubernamentales, y con eventual apoyo en la tradición indígena local, en esta ocasión, la legislación procedió como un componente de promoción y, en general, fue anterior al desarrollo de las experiencias concretas.
Colombia
El proceso de integración cooperativa en un comienzo tuvo grandes dificultades hasta finales de los años cincuenta del siglo pasado, cuando se creó la Unión Cooperativa Nacional UCONAL (1959), seguida de la Asociación Colombiana de Cooperativa ASCOOP, (1960); luego se crean en los años sesenta la Central Cooperativa de Desarrollo Social COOPDESARROLLO y el Instituto de Financiamiento y Desarrollo Cooperativo de Colombia FINANCIACOOP, luego Banco Cooperativo de Colombia BANCOOP, seguido de la creación de Seguros la Equidad y de otros organismos orientados al servicio especializado de educación, proceso que culmina con la constitución de la Confederación de Cooperativa de Colombia (1981), antes Consejo Cooperativo Colombiano. (Reyes, 2013)
A 1993 Colombia contaba con 8.872 entidades del sector solidario, de las cuales 5.630 eran Cooperativas, 2 bancos cooperativos, 138 organismos de grado superior y 828 precooperativas.
Dentro del conjunto se destacan las cooperativas de ahorro y crédito, seguidas por las de comercialización, trabajo y servicios, las de transporte, las cooperativas multiactivas y las de producción y educación.
En su actualidad, la ley que rige a las cooperativas es la ley 79 de 1988 , cuyo propósito es dotar al sector cooperativo en un marco propicio para su desarrollo como parte fundamental de la economía nacional, sus objetivos comprenden facilitar la aplicación y práctica de la doctrina y principios del cooperativismo, así como de promover el desarrollo del derecho cooperativo y contribuir al fortalecimiento de la solidaridad y economía social, además de contribuir al ejercicio de la democracia.
Por otro lado, sus formas jurídicas son variables, propiamente está la cooperativa, la precooperativa del cual su decreto es el 1333 de 1989, y las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado que las reglamenta el decreto 4588 del 2006.
Como ejemplo tenemos la Aseguradora Solidaria, la cual es una organización del sector cooperativo y de propiedad de Los Olivos, que gracias a sus estrategias enfatizan al fortalecimiento de sus buenas prácticas de gobierno corporativo, basados en los principios cooperativos.
Asimismo, está la cooperativa financiera Coomultrasan, de origen santandereano, especializada en el ahorro y crédito, y de la cual, por parte del Comité Técnico de Calificación de Value and Risk S.A, Sociedad Calificadora de Valores, asigno la calificación AA+, a la fortaleza institucional de la cooperativa.
Como datos importantes a resaltar, está la apropiación de excedentes de 2017, la inversión de la cual se destinó a la gestión social totalizada en $12.571 millones ($7.207 millones del fondo de educación y $5.364 millones del de solidaridad), de los cuales $3.604 millones fueron girados a la DIAN, según lo establecido en la Ley 1819 de 2016, Igualmente, con cargo al gasto se ejecutaron a través de la Fundación Comultrasan $2.522 millones, y que a raíz de las implicaciones de dicha Ley, en los últimos años, la Cooperativa ha destinado recursos para continuar fortaleciendo su labor social, como resultado para el 2019, destinó de los excedentes de 2018 el 6,98% para el Fondo de Desarrollo Empresarial y el 5% como incremento adicional para el de Solidaridad. (Rating, 2019)
Por otro lado, en consideración, en el marco de su XXXVII Asamblea General, Confecoop presentó las principales cifras del cooperativismo colombiano, información recopilada por su Unidad de Investigaciones Económicas, a partir de los datos reportados por 3.488 cooperativas a las diferentes Superintendencias que las vigilan.
Al cierre de 2017 el número de colombianos asociados al cooperativismo ascendió a 6.386.179 (12.96% de la población), con núcleos familiares el impacto puede llegar a 19 millones de colombianos (39% de la población).
Con un crecimiento nominal anual del 7.8% en 2017, los activos del cooperativismo alcanzaron los $41.7 billones, por ramas de actividad, los activos del cooperativismo se distribuyen de la siguiente manera: $29.3 billones en actividad financiera y crediticia (70%), $3 billones en actividad agropecuaria (7%), $2.7 billones en comercio y consumo (6%), $1.7 billones en actividad de seguros (4%), $1.6 billones en transporte (4%), $1.1 billones en salud (3%) y $2.1 billones en otras actividades (6%).
El año 2019, el crecimiento se reflejó más en algunas actividades como las agropecuarias y de producción que representan el 7,33% del cooperativismo colombiano; la actividad financiera de ahorro y crédito representan el 70,3%, con activos de $29.3 billones; y actividad aseguradora que representan el 4,16%, con activos por $1.7 billones.
Cooperativismo en Argentina
Desde el punto de vista jurídico, en el movimiento cooperativo argentino pueden considerarse dos etapas: una que va desde la aparición de los primeros ensayos de cooperación económica hasta el año 1926, y otra desde ese año hasta el momento actual.
En la segunda etapa las cooperativas se fueron dando según el acuerdo que se tenían con la ley nacional 11,388 en los cuales se establecían unos requisitos para su respectiva definición en una sociedad cooperativa. (CESOPOL, s.f.)
La primera expresión legal con la reforma de 1889 del Código de Comercio, cuando se incorporaron al mismo, por disposición del Congreso, los artículos 392, 393 y 394, sobre sociedades cooperativas.
En su actualidad, las sociedades cooperativas tienen su propia legislación, la cual es la ley 20.337 de 1973 del 2 de mayo nombrada “Ley de Cooperativas”, en donde pone en funcionamiento a las organizaciones fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios.
Estas entidades cooperativas nacen y se originan con el único propósito de poder satisfacer las necesidades, y para ello hay diferentes tipos de cooperativas, se tienen agropecuarias, de trabajo, previsión, provisión de servicios públicos, vivienda, consumo, crédito, seguro y bancos.
Inicio del cooperativismo y movimiento de la Economía Social y Solidaria en Brasil
Brasil en la ciudad de Ouro Preto, estado de Minas Gerais en 1889, se fundó la primera cooperativa de consumo, denominada Sociedad Cooperativa Económica de los Funcionarios Públicos de Ouro Preto.
A mediados de año 1902, surgieron las cooperativas de crédito en Río Grande do Sul, fue fundado del padre suizo Theodor Amstadt. Al pasar los años los productores agropecuarios muchos de ellos de origen alemán e italiano desarrollaron las cooperativas en el medio rural en el año 1906.
En 1969 fue creada la Organización de las Cooperativas Brasileñas (OCB), la cual es la única representante formal defensora de los intereses del cooperativismo nacional, sociedad civil sin fines de lucro, sin pertenencia política y religiosa.
La ley 5.5764/71 disciplina la creación de cooperativas, restringiendo la autonomía de los asociados e interfiriendo en la creación, funcionamiento y fiscalización del emprendimiento cooperativo. La limitación fue superada por la Constitución de 1988, que prohibió la interferencia del Estado en las asociaciones, dando inicio así a la autogestión del cooperativismo.
Dado a esto el cooperativismo brasileño ganó reconocimiento internacionalmente cuando el ex presidente de la organización de las cooperativas brasileñas el señor Roberto Rodríguez fue electo en la presidencia de la Alianza Cooperativista Internacional (ACI). Se menciona que los emprendimientos económicos solidarios se dan en los territorios brasileños, con una fuerte posición rural de pesadores, artesanos y mujeres campesinas. Estos ocupan al 0.70% de esta población brasileña.
Primeras cooperativas en Brasil
En Brasil fueron construidas las primeras cooperativas en el año 1887 desde entonces se fueron creando más.
- La Cooperativa de Consumo de los Empleados de la Compañía Paulista del año 1887 en la ciudad de Campinas
- La Sociedad Económica Cooperativa de los Funcionarios Públicos de Minas Gerais del año 1887 en la ciudad de Campinas
- La Asociación Cooperativa de los Empleados de la Compañía Telefónica del año 1899 en la ciudad de Limeira
- La Cooperativa Militar de Consumo del año 1894 en la ciudad Rio de Janeiro
- La primera cooperativa de crédito erigida por productores de vino del año 1902 en la cuidad Nova Petrópolis
- La primera cooperativa agropecuaria del año 1906 Nova Petrópolis
- La Cooperativa de los Empleados y Operarios de la Fábrica de Tejidos de la Gávea del año 1913 en la ciudad de Rio de Janeiro
- la Cooperativa de Consumo de los Empleados de la Vía Férrea del año 1917 en la ciudad de Santa Maria
Hasta 1930 el cooperativismo en Brasil caminaba muy lentamente. La crisis económica mundial estimuló la emergencia de cooperativas, especialmente en el sur del país. La depresión de 1929 hizo el gobierno interesarse por el cooperativismo, especialmente como instrumento de política agrícola. Fue a partir de 1932, con la implantación del Decreto nº 22.239, del gobierno Getúlio Vargas, que reglamentó la organización y funcionamiento de las cooperativas, verificándose en esta época, un surto relativamente apreciable del cooperativismo brasileño. A partir de 1945, el gobierno pasa a ofrecer varios incentivos materiales y fiscales a las cooperativas y, en 1951, fue creado el Banco Nacional de Crédito Cooperativo (BNCC). (SCHNEIDER:2002, p.6-7).
Nuevas organizaciones cooperativas
A partir de los años 80 del siglo XX, el cooperativismo comenzó a cambiar, se implementaron nuevas organizaciones, características sobre los sectores del trabajo. A Continuación, algunas de las cooperativas
- Confederación de las cooperativas de trabajo (Cootrabalho)
- Confederación de las cooperativas de reforma agraria del Brasil (concrab)
- Asociación nacional de los trabajadores en las empresas auto gestionables (anteag)
- Foro de cooperativas populares
- Federación de Rio de Janeiro (COPPE)
- Complejo empresarial cooperativo UNIMED
- Asociación Brasilera para el desarrollo de las cooperativas de trabajo y servicios Abracoop
Una política de control social e intervención del Estado, trajo un cambio significativo para los trabajadores cooperados en las zonas rurales y el cooperativismo urbano; ganó un nuevo impulso con la proliferación de cooperativas de trabajo en la década de 1980. En ocasiones donde las cooperativas conllevan un peso considerable en la economía local, dando una forma de diferentes alternativas a las formas predominantes de organización económica y del mercado.
Normas en el cooperativismo en Brasil
En Brasil existe una legislación específica para las sociedades cooperativas nacionales, que regulan el cooperativismo en todo el territorio brasileño. La Constitución Federal, del 10 de octubre de 1988, en su artículo 5, punto XVIII, asegura “la creación de asociaciones y, según la ley, de cooperativas, las cuales son independientes de autorización, quedando prohibida la interferencia del Estado en su funcionamiento”
- Ley No 5.764, de 16-12-1971. Define la Política Nacional de Cooperativas, establece el régimen jurídico de las sociedades cooperativas y hace otros arreglos.
- Ley No 9.867, de 10-11-1999. Establece la creación y operación de Cooperativas Sociales, con el objetivo de la integración social de los ciudadanos según se especifique.
- Ley No 12.690, de 19-07-2012. Establece la organización y operación de las Cooperativas de Trabajo; establece el Programa Nacional para la Promoción de Cooperativas de Trabajo – PRONACOOP.
- Ley Complementaria No 130, de 4/17/2009. Proporciona el Sistema Nacional de Crédito Cooperativo.
Conclusiones
Señalar los esfuerzos y realizaciones de muchas legislaciones y administraciones del continente latinoamericano, así como el resto de medidas de normalización institucional y de índole financiera que han de ir presididas por el designio de fortalecer el concepto y la institución cooperativa.
En todos los casos, es importante destacar por parte de estas leyes, sus roles a la hora de demarcar el sector, de suscitar reconocimiento por parte de las políticas públicas, traspaso a nivel social y mayores oportunidades de desarrollo al generar herramientas específicas para el fomento y por supuesto el apoyo.
Así mismo recalcar que las cooperativas y el derecho cooperativo, son el núcleo fundamental de la economía social, solidaria y comunitaria en América latina y de sus expresiones jurídicas.
Bibliografía
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